ROMA: Nueva sentencia afecta el acceso a la ciudadanía. Tras la reforma legal impulsada por el gobierno de Giorgia Meloni, la Corte Constitucional habilitó soluciones alternativas para descendientes de italianos nacidos fuera de Italia que quedaron excluidos de la tramitación administrativa.
Con la aprobación de la Ley 74, el Parlamento limitó la transmisión automática de la ciudadanía italiana solo a hijos y nietos de italianos nacidos en suelo italiano, excluyendo a bisnietos salvo que alguno de sus padres haya vivido al menos dos años continuos en Italia antes de nacer el solicitante. Estos nuevos requisitos impactan especialmente a las comunidades argentinas y brasileñas de origen italiano.
En medio del malestar de numerosos descendientes, la Corte Constitucional sentó una postura clave: aunque no revoca la ley, reafirmó que la vía judicial sigue abierta a quienes no cumplen con los nuevos requisitos para acceder a la ciudadanía. La decisión se conoció al resolver un caso iniciado por un bisnieto de italiano. En este fallo, el máximo tribunal sostuvo que el Parlamento tiene amplios márgenes para regular el acceso a la ciudadanía, pero también aclaró que la legislación anterior, que permitía la transmisión sin límite generacional, no era inconstitucional.
El dictamen rechaza la idea de que el simple vínculo de sangre resulte insuficiente, tal como pretendían algunos juzgados de Bolonia, Roma, Milán y Florencia, y subraya que el control constitucional solo debería activarse en caso de afectar derechos básicos. En la práctica, el fallo abre la puerta para que bisnietos y siguientes generaciones puedan litigar su derecho a la ciudadanía, ampliando una jurisprudencia favorable al reclamo de descendientes argentinos.
El gobierno italiano defendió los cambios con el argumento de que muchos extranjeros “solo buscan los beneficios de un pasaporte europeo”, lo que motiva a endurecer los controles. Se estima que cerca de un millón de personas de origen italiano viven en la Argentina, la mayoría descendientes directos de la inmigración del siglo XX. La reforma aclara que únicamente se validarán las solicitudes presentadas antes del 27 de marzo de 2025 con toda la documentación en regla bajo el régimen anterior. Para quienes no entran en ese plazo, la vía judicial surge como la única salida, ahora respaldada por la última decisión de la Corte.
Consultado por el resultado, el abogado Mateo Schettino, especializado en ciudadanía, señaló que este pronunciamiento "confirma que la legislación sin límite generacional era constitucional", lo que suma expectativa a los procesos judiciales en curso. A la vez, en Turín avanza un recurso que podría llevar al máximo tribunal a considerar la validez total de la actual reforma, en medio de cuestionamientos por discriminación de origen y trámites frenéticos en los consulados.
El escenario abre expectativas entre descendientes argentinos e italianos, que hoy confían en la Justicia para conservar su derecho a la doble nacionalidad, mientras el tema sigue bajo análisis en los estrados italianos.
F: gs (Infobae, Insieme, InfoCivitano, El Observador, Ciudadaniaitaliana.eu, Italotribu)