La jueza Martina Forns dio lugar al reclamo de SEVINA y detuvo la disolución del organismo, previsto en el decreto presidencial 461/2025.
La resolución se conoció este jueves y representa un revés judicial al Gobierno nacional, que buscaba traspasar funciones al Ministerio de Economía.
Aval judicial al reclamo de los trabajadores de Vialidad
El Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N°2 de San Martín resolvió hacer lugar a una medida cautelar presentada por el Sindicato de Empleados de Vialidad Nacional - Casa Central (SEVINA), suspendiendo el cierre de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) dispuesto por el decreto 461/2025 del presidente Javier Milei.
Con esta decisión, la jueza Martina Forns frenó por un plazo de seis meses el desmantelamiento del histórico organismo, fundado en 1932, que actualmente emplea a más de 5.500 trabajadores en todo el país. La medida representa un fuerte respaldo a los gremios viales que venían advirtiendo sobre posibles “traslados forzosos, desvinculaciones encubiertas y vaciamientos funcionales” si se avanzaba con la medida oficial.
En un fallo de nueve páginas, al que accedió el diario Ámbito, la magistrada subrayó que la inminente entrada en vigencia del decreto ponía en riesgo la continuidad de miles de trabajadores, vulnerando garantías contempladas en los convenios colectivos de trabajo y en normas de rango constitucional.
Para la jueza, se configuró un “riesgo cierto de un daño inminente e irreparable” que podría derivar en “un perjuicio efectivo”. En ese sentido, destacó que el artículo 32 del decreto condicionaba la estabilidad del personal a decisiones administrativas futuras, una acción que, según Forns, violaba el principio de irrenunciabilidad de derechos protegido por la Ley de Contrato de Trabajo.
“La disposición administrativa que altere o desnaturalice tal garantía convencional constituye una afectación directa al principio de irrenunciabilidad de derechos consagrado en el artículo 12 de la LCT, siendo nula de nulidad absoluta”, remarcó la jueza en uno de los tramos más firmes del fallo.
Otro punto central del argumento judicial fue que la recientemente sancionada Ley Bases (Nº 27.742) no otorgó al Poder Ejecutivo facultades delegadas para cerrar organismos autárquicos como Vialidad Nacional. La Dirección fue creada por ley hace más de 93 años, y su funcionamiento se encuentra protegido por el marco legal vigente.
El decreto presidencial disponía no solo su disolución, sino también el traspaso de sus competencias al Ministerio de Economía y a una nueva Agencia de Control de Concesiones y Servicios Públicos de Transporte, un esquema que despertó fuertes críticas entre los trabajadores del sector y especialistas en infraestructura.
Mientras tanto, en el ámbito porteño, la justicia laboral de CABA se declaró incompetente ante un amparo presentado por el Sindicato de Trabajadores Viales de la República Argentina (STVRA). El juez Pablo Candal, a cargo del Juzgado del Trabajo N° 23, ordenó remitir la causa al Fuero Contencioso Administrativo Federal, al considerar que se trata de “una cuestión atinente a la Administración Pública Nacional vinculada con la interpretación y aplicación de normas de derecho público”.
La Dirección Nacional de Vialidad fue creada en 1932 como organismo técnico encargado de construir, conservar y administrar la red vial nacional, que supera los 40.000 kilómetros. A lo largo de su historia, se consolidó como una de las instituciones clave para la conectividad territorial y el desarrollo productivo del país.
Con oficinas y equipos distribuidos en todas las provincias, la DNV coordina obras estratégicas, mantenimiento de rutas y trabajos de seguridad vial. La iniciativa oficial de cerrar el ente había generado preocupación no solo en el ámbito sindical, sino también en sectores vinculados a la obra pública y a la ingeniería civil.